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PREGUNTAS FRECUENTES

Ley 20.571, sobre el autoconsumo de energia e inyeccion energética

La Ley 20.571, que entró en vigencia en nuestro país en octubre del año 2014 y permite que cualquier cliente de una distribuidora eléctrica pueda autoconsumir la energía generada y a su vez pueda inyectar sus excedentes a la red, recibiendo un pago por cada kWh tarificado en el medidor. El autoconsumo de la energía y la inyección de los excedentes permiten bajar significativamente la cuenta de electricidad, proceso conocido como netbilling.

Para poder optar a este beneficio, la instalación debe primero pasar por la regularización del sistema fotovoltaico ante la SEC y la distribuidora. Este proceso se conforma por el ingreso de 6 formularios a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, tramitación de TE4, visitas técnicas para verificar el equipamiento instalado, configuración de los equipos y firma del contrato con la distribuidora. Esto no debiese durar más de tres meses, finalizando con el cambio del medidor y la puesta en marcha del sistema.

¿Qué es el autoconsumo de energía fotovoltaica?

El autoconsumo fotovoltaico hace referencia a la producción individual de electricidad para el propio consumo, utilizando paneles solares fotovoltaicos. Es decir, consumir lo que se produce.

¿Cuáles son los componentes básicos de una instalación fotovoltaica de autoconsumo?
  • Generación: Paneles fotovoltaicos. Generan electricidad en corriente continua.
  • Almacenamiento: Baterías. Almacena los excedentes de generación para su utilización en horas sin sol.
  • Inversor: Convierte la energía en continua generada por los paneles / suministrada por la batería en energía en alterna para su utilización por el equipamiento del hogar.

En los hogares no es necesario instalar ningún contador extra.

¿Existe un límite legal de paneles fotovoltaicos a instalar?

La legislación actual no impone ningún límite a la cantidad de paneles fotovoltaicos a instalar. La potencia de la instalación fotovoltaica puede ser superior a la potencia contratada para el consumo de red.

En los hogares, el límite vendrá dado por el espacio físico disponible para la instalación de los paneles.

¿Qué es el autoconsumo fotovoltaico directo?

El autoconsumo directo es el consumo que se da en el mismo momento en que se genera por los paneles fotovoltaicos.

En el caso de un hogar tipo, en aquellas horas del día en que el hogar suele estar vacío, el autoconsumo directo suele estar en estos rangos:

  • Instalación sólo con paneles fotovoltaicos: aproximadamente entre un 30%-35% del total del consumo.
  • Instalación con baterías: superior al 60% – 70%.
¿Puedo vender los excedentes?

Los excedentes son la energía eléctrica producida por la instalación fotovoltaica y no autoconsumida. Estos excedentes se inyectan a la red eléctrica para ser utilizados por el resto de consumidores.

En la modalidad de autoconsumo con excedentes y con compensación, los excedentes no autoconsumidos se retribuyen al cliente en la factura de electricidad.

En cada factura, el pago de los excedentes no puede ser superior al importe del término de la energía consumida de la red. Aproximadamente el pago que te ofrece la empresa de distribución es de 67/kWh.

Por este motivo siempre es más ventajoso para el cliente incrementar el % de autoconsumo directo (o de autoconsumo mediante baterías) que incrementar la cantidad de excedentes inyectados a la red.

¿Necesito instalar un nuevo marcador eléctrico?

En la gran mayoría de los hogares es necesario instalar un medidor bidireccional, es decir, medidores que son capaces de medir la energía consumida de la red y la energía inyectada a la red.

¿Necesitas más información?

Si necesitas más información sobre el proceso a seguir para poder contratar el autoconsumo con nosotros, déjanos tus datos en el formulario de contacto. 

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